Si llevas la innovación en el ADN, ahora también podrás acreditarlo. El Ministerio de Ciencia e Innovación concede esta distinción a aquellas empresas que llevan a cabo actividades en el ámbito de la investigación, el desarrollo tecnológico o la innovación (I+D+i).
Si además tienes personal investigador trabajando supone un ahorro directo para tu empresa de un 40% en las aportaciones a la seguridad social.
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Sí, si cuentas con proyectos de I+D+i, puedes ahorrar un 40% en las aportaciones a la seguridad social por contingencias comunes.
Esta bonificación es un incentivo que se aplica al personal investigador de la empresa dedicado a actividades de I+D e innovación tecnológica.
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¿En qué consiste?
Es una bonificación del 40% sobre la cuota de contingencias comunes de la seguridad social. Un ahorro de aproximadamente el 10% de la cuota empresarial por trabajador dedicado en exclusiva a actividades de I+D+i.
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¿Cuáles son los requisitos?
- Estar incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.
- Dedicación exclusiva mínimo del 85% al proyecto de investigación, desarrollo e innovación tecnológica. El 15% restante se podrá utilizar para actividades docentes de investigación o actividades de formación.
- Es de aplicación para contratos indefinidos, en prácticas o por obra o servicio (con duración mínima de tres meses).
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¿Es compatible con la deducción fiscal por I+D+i?
Son de aplicación ambos incentivos para el mismo trabajador siempre que la empresa esté en posesión del “sello pyme innovadora”.
En caso de no poseerlo, podrán ser compatibles siempre y cuando no se apliquen ambos incentivos al mismo investigador.
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¿Qué es el “sello pyme innovadora”?
Es un reconocimiento que otorga el MINECO a las empresas que apuestan por la innovación, realizando actividades de I+D+i. Si quieres aplicar ambos incentivos a tu plantilla de personal investigador, ACM te ayuda a gestionar el registro como pyme innovadora para conseguir el sello.
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¿Cuál es el procedimiento para llevar a cabo su aplicación?
El procedimiento varía según el numero de personas a percibir este incentivo:
- Hasta 9 trabajadores. Aplicación interna siempre y cuando se documente adecuadamente la dedicación a las actividades de I+D+i.
- 10 o más trabajadores. A partir del tercer mes de bonificación en un año, se deberá tramitar la certificación con una entidad acreditada por ENAC. Se tendrá que aportar en los seis meses siguientes al año fiscal un informe motivado vinculante.
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¿Cómo verás aplicada la bonificación?
Este incentivo se aplica en los seguros sociales desde el alta o modificación en la seguridad social (trabajadores en alta, pero sin la condición de personal investigador).
¿El objetivo? Reducir costes de personal y, por lo tanto, conseguir un ahorro mensual gracias a su aplicación directa.
Si quieres más información, ponte en contacto con ACM.