¿Necesitas Informes Motivados Vinculantes?

Informes I+D

Los Informes Motivados Vinculantes (IMV) contienen la calificación de las actividades de I+D+i de un proyecto o un ejercicio fiscal del mismo y su presupuesto o gasto asociado.

La complejidad de la documentación y del sistema de deducciones fiscales desemboca en que cada vez más empresas pone en manos de una consultora especializada la tarea de justificar documentalmente el proyecto, la coherencia del presupuesto y los gastos incurridos para eliminar la incertidumbre a la hora de aplicar las deducciones por I+D+i.

No obstante, te contamos algunas cosas que necesitas saber sobre estos informes.

¿Qué son los Informes Motivados Vinculantes?

Se constituyen como herramientas para fomentar la apuesta de las empresas por la I+D y la innovación. En ACM creemos que es recomendable iniciar las tareas de identificación de proyectos susceptibles de deducción fiscal por actividades de I+D+i llevadas a cabo en el ejercicio lo antes posible.

Los informes motivados pueden ser de naturaleza ex-ante (a priori), es decir, se emite un IMV para todo el proyecto, antes de su comienzo, o bien a posteriori, se emite un IMV por cada ejercicio fiscal de proyecto ejecutado. Una vez solicitado y emitida resolución, su contenido es vinculante.

¿En qué consisten las deducciones fiscales por I+D+i?

En España, las deducciones fiscales por I+D+i son muy favorables para las empresas, ya que la deducción por actividades de I+D puede alcanzar el 42% del gasto incurrido (incluso un 17% más si el personal participante en el proyecto se dedica en exclusiva a actividades de I+D). Por su parte, la deducción por actividades de innovación tecnológica (IT) puede alcanzar el 12% del gasto incurrido.

Además, entre las ventajas fiscales se encuentra la posibilidad de monetizar la deducción, incluso en caso de no disponer de cuota, aceptando una minoración del importe de un 20%.

El gasto de las empresas en I+D es cada año más alto, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el gasto en I+D interna aumentó un 6,3% en 2018 y alcanzó los 14.946 millones de euros, el 1,24% del PIB.

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Beneficios del Informe Motivado

A través del Área Fiscal de ACM gestionamos ayudas y subvenciones para las empresas que buscan obtener financiación pública.

El Informe Motivado Vinculante puede llegar a ser muy beneficioso a la hora de auditar un proyecto de cualquier empresa o sector. Te contamos todo lo que necesitas saber.

 

Tipos de Informe Motivado Vinculante y plazos

Existen cuatro tipos de IMV, pero en la práctica, respecto a los enfoques principales motivados se corresponden dos tipologías: El que es realizado a priori “ex ante” y el posteriori.

Los tipos de informe motivado y sus plazos de solicitud son los siguientes:

Tipo a) Informe motivado ex-post, relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de aplicar la deducción fiscal por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica en un ejercicio fiscal determinado.

Para una solicitud tipo «A» respecto a actividades de I+D+i realizadas dentro de un proyecto ejecutado (parcial o totalmente) en el año fiscal ‘n’, se dispone de un plazo de hasta 25 días y 6 meses una vez finalizado el año fiscal ‘n’ para realizar la solicitud.

 

Tipo b) Informe motivado ex-ante, relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de calificar las actividades del sujeto pasivo como investigación y desarrollo o innovación tecnológica.

Para una solicitud tipo «B» (calificación científico tecnológica de las actividades), en cuanto al plazo para realizar la solicitud:

  • Respecto a un proyecto que aún no ha comenzado, la solicitud puede realizarse en cualquier momento previo al comienzo.
  • Respecto a un proyecto que ya ha comenzado en el año fiscal ‘n’: la solicitud puede realizarse desde el mismo momento de inicio del proyecto en el año fiscal ‘n’, hasta 25 días y 6 meses una vez finalizado dicho año fiscal ‘n’.

 

Tipo c) Informe motivado ex-ante, relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de calificar las actividades del sujeto pasivo como investigación y desarrollo, o innovación tecnológica, así como para identificar los gastos e inversiones que puedan ser imputados a dichas actividades.

Para una solicitud tipo «C» (calificación científico-tecnológica de las actividades y presupuesto de gastos e inversiones), en cuanto al plazo para realizar la solicitud:

  • Respecto a un proyecto que aún no ha comenzado, la solicitud puede realizarse en cualquier momento previo al comienzo.
  • Respecto a un proyecto que ya ha comenzado en el año fiscal ‘n’: la solicitud puede realizarse desde el mismo momento de inicio del proyecto en el año fiscal ‘n’, hasta 25 días y 6 meses una vez finalizado dicho año fiscal ‘n’.

 

Tipo d) Informe motivado ex-post, relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos del personal investigador, a los efectos de aplicar las correspondientes bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social, en el que se informa del personal investigador contratado laboralmente y dedicado en exclusiva a actividades de I+D+i durante todo su tiempo de trabajo y en un periodo de cobertura determinado.

La vinculación de este tipo de informe motivado está sujeta a que, en el momento de una posible inspección, se demuestre que las condiciones siguen siendo las mismas, o a que, para total seguridad, en periodos posteriores se solicite un nuevo informe motivado en el que se constate que las condiciones no han cambiado, y, por tanto, las bonificaciones aplicadas sean correctas.

Para una solicitud tipo «D» no existe un plazo concreto para realizar la solicitud. Sin embargo, una vez que el Ministerio haya efectuado el cierre de aporte documental para los expedientes del ejercicio fiscal correspondiente a ese periodo de cobertura, no se admitirán nuevas solicitudes para dicho ejercicio fiscal.

 

¿Cómo conseguir el IMV?

En un primer lugar, la entidad certificadora debe emitir un informe de nivel técnico-económico que sea relativo a las deducciones por actividad de investigación, desarrollo e innovación tecnológica.

Posteriormente, se presentan los informes que se obtienen anteriormente en el Ministerio de Economía y Competitividad.

Tras estos pasos se estudiará la información, y se emitirá el IMV para justificar tus deducciones fiscales

Si te resulta complejo, puedes contactar con nosotros para el trámite y asesoramiento. Es recomendable, ya que evita errores que puedan ser perjudiciales en el futuro.

 

¿Cuál es el valor del Informe Motivado Vinculante?

El valor de un IMVse materializa frente a una inspección de la Agencia Tributaria, debido a que el mismo sirve como constancia que los proyectos que se están llevando a cabo fueron correctamente auditados en el aspecto técnico y económico.

También certifica que la empresa tiene total organización en sus actividades de I+D+i, bien sean de nivel de solicitud técnico o económico por vinculantes.

Cuando la Agencia Tributaria constata que existen informes motivados, no se pone en duda la naturaleza del proyecto de innovación.