Línea de ayudas directas a autónomos y empresas de la Región de Murcia

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Ayudas a la solvencia empresarial (hasta el 28 de junio)
Línea de ayudas directas a autónomos y empresas de la Región de Murcia, para el apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19.

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La solicitud de algunas ayudas puede resultar complejo y requiere de gran cantidad de documentación e información sensible. En ACM Servicios apoyamos esta propuesta ofreciendo nuestra experiencia en ayudas y subvenciones públicas. Por lo que, si necesitas información sobre esta línea de ayudas u otras fuentes de financiación para aliviar el peso de la pandemia en tu organización ponte en contacto con nosotros.

Si crees que tu empresa puede verse beneficiada por esta ayuda te dejamos algunas preguntas frecuentes de esta línea de ayuda promovida por la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía y el Instituto de Fomento de la Región de Murcia.

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¿A quién va dirigida esta ayuda?

Autónomos y empresas que cumplan los siguientes requisitos, entre otros:

01. Están adscritos a los sectores CNAE definidos en el Anexo I.
02. Tienen deudas y pagos pendientes, y (en estimación directa) no presentaron pérdidas en el ejercicio 2019.
03. Con domicilio fiscal en la Región de Murcia, con carácter general. En el caso de grupos, empresas o profesionales con volumen anual de operaciones superior a 10M € y con diferentes centros de trabajo en distintas CC.AA., podrán solicitar en cada territorio.
04. Han tenido en 2020 una caída superior al 30% del volumen de operaciones anual, respecto de 2019. Este criterio no aplica a los contribuyentes en Estimación Objetiva (módulos).Las ayudas serán concedidas por concurrencia competitiva, no por orden de llegada de la solicitud.

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¿Qué tipo de deudas contempla la ayuda?

Son ayudas finalistas: sólo para el pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020 hasta 31 de mayo de 2021, como deudas con proveedores, acreedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera.

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¿Quiénes podrán ser beneficiarios?

Autónomos o empresas no financieras, incluidos en los sectores de actividad económica según CNAE recogidos en las normas reguladoras, en los ejercicios 2019 y 2020 y que continúen en el momento de presentación de la solicitud:

– RDL 5/2021: 95 sectores de actividad CNAE.
– Región de Murcia: 36 sectores CNAE adicionales. Ver Anexo I  
Sin pérdidas en el ejercicio 2019.

Los autónomos y empresas que estén:

– En régimen fiscal de estimación objetiva (o módulos) y cumplan con los dos puntos anteriores.
– En régimen fiscal de estimación directa, que cumplan con los dos puntos anteriores, y hayan tenido una caída en su volumen anual de operaciones superior al 30% en el ejercicio 2020 en relación con el ejercicio 2019.

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¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

– La ayuda nunca podrá superar la deuda pendiente a 31 de mayo.
– Beneficiario en régimen fiscal de estimación objetiva (módulos): máx. 3.000 €
– Resto de autónomos y empresas en régimen de estimación directa: Mínimo: 4.000 €, Máximo: 200.000 €.

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¿Qué gastos son subvencionables?

Serán subvencionables los gastos que se destinen a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores, incluidas las nóminas de los trabajadores, y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

Se priorizará como sigue:

– En primer lugar, el pago a proveedores/nóminas/acreedores comerciales, según su orden de antigüedad.
– La ayuda restante, en su caso, se destinará a satisfacer deuda bancaria, primando la que tenga aval público.

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¿Cómo se calcula la cuantía de la ayuda?

Empresas con un máximo de 10 empleados: el 40% del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere el 30% exigido como requisito de entradaEmpresas con más de 10 empleados: El 20 % del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere el 30% exigido como requisito de entrada.

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¿Cuál es el plazo y la forma de presentación de solicitudes?

¡Recuerda!: No influye el orden de entrada en la evaluación de tu solicitud. Podrá presentar sus solicitudes durante 21 días, desde el lunes 7 de junio hasta el lunes 28 de junio, ambos inclusive.

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¿Cómo es el proceso de concesión de la ayuda?

Las subvenciones se concederán bajo el régimen de concurrencia competitiva, mediante una comparación de las solicitudes presentadas, respetando los límites presupuestarios de la convocatoria. Se evaluarán todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos, independientemente de su fecha de entrada.

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Consulta en las bases de la convocatoria todos los detalles del proceso de solicitud de la ayuda.