Tienes derecho a la deducción por I+D+i en el Impuesto de Sociedades

Derecho I+D+i

Si tu empresa no practicó la deducción en su autoliquidación en el periodo voluntario de declaración, no por eso ha perdido el derecho a la deducción. La buena noticia es que puede presentar una rectificación de su declaración.

En línea con esto, el contribuyente dentro del plazo de rectificación de su autoliquidación puede completar su declaración con la consignación o aplicación de la deducción omitida, lo que constituye la opción por un determinado beneficio en lugar de los otros presentados como alternativos.

La deducción de I+D +i supone una ventaja fiscal para las empresas innovadoras que no deben dejar pasar, solicitando el cheque fiscal pueden recuperar en dinero el 80% de la deducción no aplicada por falta de cuota.

Esta ventaja fiscal es muy atractiva para empresas que puedan tener bases imponibles negativas acumuladas y han renunciado a reconocer deducciones fiscales por I+D+i porque probablemente les vayan a caducar sin poder aplicarlas.  Optando por la “monetización” podrán recuperar en dinero parte de la deducción generada.

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros, te ayudamos con tus deducciones fiscales.